Deducciones Autonómicas Asturias 2: Vivienda

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Hoy abordamos el segundo capítulo de las deducciones autonómicas. En este caso nos toca tratar el caso particular de las deducciones de vivienda. Analizaremos a continuación los diferentes casos:

1. Deducciones de vivienda: Por arrendamiento de vivienda habitual.

En el Principado de Asturias puede deducirse un importe del alquiler de la vivienda habitual. Las cuantías y límites de esta deducción son las siguientes:

  • 10% de las cantidades satisfechas en el ejercicio 2019 con un máximo de 455€ en tributación individual o conjunta.
  • 15% en el caso de residir en una población considerada por el Principado como medio rural. En este caso el límite es 606€.

Existen también unos límites de cuantía de la base imponible general y del ahorro. Su suma no deberá exceder:

  • 25.009€ en caso de declaración individual.
  • 35.240€ si la declaración de la renta se presenta de manera conjunta.

Además debe cumplirse que la cantidad satisfecha en concepto de alquiler debe exceder del 10% de la base imponible del periodo impositivo.

2. Deducciones de vivienda: Adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad.

Se podrá aplicar una deducción del 3% del importe empleado en la adquisición o adecuación de la vivienda habitual del contribuyente. Dicho contribuyente tendrá que tener un grado de discapacidad igual o superior al 65% y residir en el Principado de Asturias.

Además las obras a realizar en la vivienda deberán resultar estrictamente necesarias por motivos de accesibilidad, certificando esto último la Conserjería competente.

A esta medida podrán acogerse también los contribuyentes que convivan con cónyuges, ascendientes o descendientes con el grado de discapacidad especificado.

3. Deducciones de vivienda: Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida

Podrán acogerse a esta reducción las personas cuyo domicilio fiscal resida en Asturia. Lo harán del siguiente modo:

Podrán deducir 113€ por cada contribuyente que haya percibido una ayuda para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual siendo esta considerada protegida por el estamento correspondiente.

En caso de que dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción referente al mismo bien, se prorrateará entre ambos a partes iguales.

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