Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

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Durante estos últimos días se ha hablado mucho acerca del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) a consecuencia de todas las noticias surgidas en los medios de comunicación que la Comunidad de Madrid está comenzando a exigir el pago del impuesto a los inquilinos de todos aquellos alquileres que no hayan pasado por las arcas de las Hacienda Pública.

Pero ¿qué es este impuesto? ¿qué grava? ¿quien tiene que pagarlo? A continuación te resolvemos de forma breve todas las dudas a cerca de este impuesto.

¿Qué grava el ITP?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales grava exclusivamente aquellas operaciones entre particulares que se encuentren sujetas y que no constituyan tráfico empresarial.

 

¿Qué está sujeto al ITP?

La Ley establece que operaciones están sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales:

  • La constitución de:
    • Prestamos
    • Fianzas
    • Arrendamientos
    • Concesiones administrativas
  • Las transmisiones onerosas por actos inter-vivos de bienes y derechos que integren el patrimonio de las personas físicas o personas jurídicas.

 

¿Qué operaciones no están sujetas a ITP?

Si las operaciones que realizan un empresario o profesional están sujetas a IVA, entonces no estarán sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

 

¿Quién está obligado al pago del impuesto?

Los sujetos pasivos del ITP obligados al pago del impuesto son en cada caso los siguientes:

Operación realizada: Sujeto pasivo:
Arrendamiento Arrendatario
Concesión Administrativa Concesionario
Transmisión de bienes y derechos Adquiriente
Constitución de derechos reales Aquél a favor se realice el acto
Constitución de prestamos Pestatario

Si el obligado al pago del impuesto no paga, ¿existen responsables subsidiarios?

Efectivamente, en el caso de que el obligado tributario no satisfaga la deuda con la Hacienda Pública, entonces existe un responsable subsidiario, que será:

  • En la constitución del arrendamiento: el arrendador, siempre que haya percibido el primer plazo de la renta.
  • En la constitución de préstamos, el prestamista será responsable subsidiario si percibe total o parcialmente intereses o capital.
  • El funcionario que autorice el cambio del sujeto pasivo de cualquier tributo estatal, autonómico o local, que suponga una trasmisión gravada del impuesto y que no se hubiera exigido justificante de pago del mismo.

 

Si has realizado alguna operación que pudiera estar sujeta al Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y no has liquidado el impuesto o tienes dudas al respecto, puedes ponerte en contacto con nosotros y te asesoramos:

Tfno.: 984 20 60 52

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