25/10/2020

Se decreta en España un nuevo Estado de Alarma. En este caso las medidas las tomarán cada una de las Comunidades Autónomas. Has click para ver un resumen de las medidas que ha implementado cada región:

Aquí tienes las pautas generales dictaminadas por el Ejecutivo.

MEDIDAS ESTADO DE ALARMA MARZO:

El pasado 14 de marzo el Gobierno de España decretó el Estado de Alarma debido a la Emergencia de Salud Pública causada por la Pandemia del COVID-19 (coronavirus). Tras esta decisión se han ido aprobando unas medidas estatales que expondremos a continuación. Las iremos incluyendo según su entrada en vigor:

Medidas Estatales:

31/03/2020

29/03/2020

18/03/2020

17/03/2020

  • Certificados electrónicos de próxima caducidad: La Agencia Tributaria resolverá la problemática de los certificados caducados o los que están próximos a caducar antes del próximo 20 de marzo.

14/03/2020

  • Medidas de contención en el ámbito de actividad comercial equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales. Sólo podrán abrir locales dedicados a la venta de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías. Se suspende cualquier otra actividad o establecimiento que a juicio de la autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio. BOE nº 67, de 14/03/2020 – Artículo 10.
  • Medidas de contención en relación con los lugares de culto y con las ceremonias civiles y religiosas. La asistencia a este tipo de celebraciones deberán garantizar las medidas de prevención sanitaria, evitando aglomeraciones de personas. Los asistentes deberán respetar la distancia entre ellos de, al menos, un metro.
  • Suspensión de plazos administrativos. Se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. Medida que afecta a la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Administración Local. Quedando excluidos los procedimientos y resoluciones que vengan referidos a situaciones ligadas al Estado de Alarma. BOE nº 67, de 14/03/2020 – Disposición adicional tercera.
  • Suspensión de plazos de prescripción y caducidad: Los plazos de prescripción y caducidad de acción o derecho quedará suspendida durante el plazo de vigencia del estado de alarma y de cualquier prórroga que se adopte. BOE nº 67, de 14/03/2020 – Disposición adicional cuarta.
  • Suspensión de plazos procesales: Tanto los términos y como los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. BOE nº 67, de 14/03/2020 – Disposición adicional segunda.
  • Restricciones a la libre circulación: Se recomienda a los ciudadanos portar una declaración sellada por su empresa para justificar la asistencia a sus puestos de trabajo.

13/03/2020 (Medidas previas a la declaración del Estado de Alarma).

  • Aplazamiento de deudas tributarias: Declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta el día 30 de mayo de 2020. BOE nº 65, de 13/03/2020 – Artículo 14.
  • Ampliación de la línea de financiación Thomas Cook para atender al conjunto de empresas establecidas en España incluidas en determinados sectores económicos: Turismo, Comercio e Industria. BOE nº 65, de 13/03/2020 – Artículo 12.
  • Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. BOE nº 65, de 13/03/2020 – Artículo 13.
  • Solicitud de aplazamiento extraordinario del calendario de reembolso en préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. BOE nº 65, de 13/03/2020 – Artículo 15.

Hemos hecho también un resumen de las medidas de carácter autonómico y local que se han implantado en el Principado de Asturias. Puedes verlas aquí.

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