En este caso analizamos las medidas especiales para las fiestas aprobadas en el Decreto 34/2020, de 11 de diciembre:
Ámbito territorial: Principado de Asturias
Ámbito temporal: 00.00 horas del 23 de diciembre – 24.00 horas del 6 de enero.
- La limitación de entrada y salida de personas de la Comunidad sigue vigente, permitiendo los desplazamientos a otros territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas. Este desplazamiento deberá ser debidamente acreditado.
- El límite de personas por reunión será de 6. Pudiendo llegar a 10 (con máximo de 2 grupos de convivencia) en las siguientes fechas: 24, 25 y 31 de diciembre, 1 y 6 de enero.
- La limitación de la movilidad nocturna se aplicará entre las 23.00 y las 6.00 horas. En los días 24, a 25 de diciembre y 31 a 1 de enero se podrá regresar al domicilio hasta las 1.30 horas. El 25 de diciembre y 1 y 6 de enero, la limitación de movilidad se extenderá hasta las 7.00 horas.
- Actos religiosos: No deberán superar el 50% de su aforo. Deberá mantenerse la distancia de seguridad y se cumplirán los horarios de limitación de la movilidad nocturna.
- No se permitirá el desarrollo de eventos multitudinarios, quedando prohibidas las cabalgatas de reyes, carreras de San Silvestre o campanadas de fin de año, entre otras celebraciones que congreguen numeroso público.
Una vez analizadas las medidas de navidad de Asturias aprovechamos para desear unas felices fiestas a todos nuestros lectores. Os deseamos todo lo mejor para el próximo año 2021.
Si quieres encontrar otras medidas que afectan a Asturias: