Con la llegada del nuevo año comienzan a entrar en vigor las nuevas normas recogidas en el reglamento de circulación
Se trata de unas reformas aprobadas mediante Real Decreto el pasado mes de noviembre, pero la DGT ha concedido un plazo hasta el 11 de mayo de 2021 para que las administraciones tengan tiempo de adaptar la señalización y para que los conductores conozcan la nueva normativa.
El texto fija tres límites genéricos de velocidad en las vías urbanas (actualmente hay uno y es de 50 km/h): 20 km/h para las calles de plataforma única de calzada y acera, 30 km/h para las de un único carril por sentido de circulación y 50 km/h para las de dos o más carriles por sentido (en este último caso, 40 km/h para los vehículos con mercancías peligrosas) y para las travesías.
Tráfico ha eliminado además la posibilidad de superar en 20 km/h el límite máximo de una vía para poder adelantar en una de estas carreteras secundarias. Según la DGT, esta decisión se toma después de ver la alta siniestralidad que se produce en las vías secundarias de este tipo y porque la posibilidad de rebasar el límite de velocidad no existía en ningún otro país europeo.
Otras medidas adoptadas son el aumento de 3 a 6 puntos que se retirarán en las sanciones por utilizar el teléfono móvil de manera manual (sin manos libres), así como el aumento de 3 a 4 puntos por no utilizar el cinturón de seguridad, el casco, y otros elementos de protección.
Podrán cambiar las «pegatinas» de la DGT
Por otra parte, el director general de la DGT, Pere Navarro, ha confirmado que este organismo hará «retoques» en las etiquetas medioambientales de los coches e introducirá «alguna nueva». Navarro subrayó la importancia de que esta modificación sea «consensuada con el sector», por lo que se mantendrán negociaciones «para que todos los implicados estén conformes con la nueva propuesta de etiquetas». Entre otras posibilidades se baraja la de introducir una nueva etiqueta para los vehículos Mild Hybrid y de gas (GLP y GNC), que actualmente están catalogados como ECO, y podrían pasar a tener una clasificación intermedia por encima de la C (de color verde).
En la actualidad, existen cuatro tipos diferentes de etiquetas ambientales dependiendo del nivel de emisiones de cada vehículo: ‘Cero emisiones’ (azul), ‘ECO’ (azul y verde), ‘C’ (verde) y ‘B’ (amarillo).
El distintivo de ‘Cero emisiones’ es para ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas, así como para turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías eléctricos de batería (BEV) o eléctricos de autonomía extendida (REEV), así como vehículos eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
La etiqueta ‘ECO’ le corresponde a los turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías híbridos enchufables con autonomía menor a 40 kilómetros, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP) que cumplan los criterios de la etiqueta ‘C’.
Los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014 les corresponde la etiqueta ‘C’, que es válida para vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014.
La pegatina ‘B’ es la correspondiente a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. También será el distintivo de vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.