RENTA 2016 .- ¿CUANDO RECIBIRE EL IMPORTE “A DEVOLVER” DE MI BORRADOR O DECLARACION?

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RENTA 2016 .- ¿CUANDO RECIBIRE EL IMPORTE “A DEVOLVER” DE MI BORRADOR O DECLARACION?

En el plazo máximo de 6 meses, a contar desde:

  • El 30 de junio, si el Borrador/Declaración se presentó dentro del plazo establecido
  • La fecha en que presenté el Borrador/Declaración, si lo hice con posterioridad al 30 de junio.

En ambos casos, si la Administración sobrepasa este plazo, el importe de la cantidad a devolver se verá incrementada con el correspondiente interés de demora.