1. Bienes inmuebles:
Deberán reflejarse en nuestra declaración de la renta los bienes inmuebles que tengamos en propiedad. Se imputará una cantidad en función del valor catastral del inmueble.
Nuestro equipo recomienda que siempre que haya cualquier modificación se compruebe que aparece reflejado en el borrador.
2. Prestaciones exentas:
Las exenciones fiscales en el caso de maternidad y paternidad es una de las novedades de la Renta 2018. Estos rendimientos no deberían incluirse en nuestro borrador, pero recomendamos, no obstante, que se compruebe.
En cuanto a las becas, han cambiado los límites de los importes exentos: 6.000 euros en el caso de segundo ciclo universitario. En los que se excluyen los gastos de transporte y alojamiento. Y 21.000 euros para el tercer ciclo universitario.
3. Ganancias patrimoniales:
En este caso se incluyen las ayudas públicas que se perciben, por ejemplo, al adquirir una vivienda o vehículo. Éstas deben incluirse siempre en el borrador de la renta. Por lo que, una vez más, se debe comprobar que aparezcan.
4. Situación personal:
Deben actualizarse los cambios que pueda sufrir el contribuyente en cuanto a su estado civil o situación familiar.
5. Donativos:
Pueden incluirse en la declaración de la renta tanto las aportaciones hechas a ONGs , como a los partidos políticos. En concreto podrá deducirse hasta un 20% de las cuotas de afiliación, con una base máxima de 600 euros anuales.
Desde Alperi Asesores os invitamos a contactar con nosotros para resolver cualquier duda que pueda surgir. Además en nuestro blog podrás encontrar otros artículos de tu interés.