RENTA 2020: Fraccionamiento extraordinario ERTES

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Para los contribuyentes que hayan estado en situación de ERTE en el ejercicio 2020 y cuyo resultado sea a pagar, se ha aprobado fraccionamiento extraordinario en el BOE el pasado 7 de abril.

Podrán fraccionar el importe a pagar en seis plazos con vencimiento lo días 20 de cada mes.

El primer pago del fraccionamiento extraordinario se abonará el día 20 de julio. El último pago tendrá lugar el 20 de diciembre.

En el caso de este fraccionamiento no se devengarán intereses de demora ni será necesaria la aportación de garantía.

Requisitos para aplicar el fraccionamiento extraordinario:

  1. Que el solicitante o cualquiera de los miembros de su unidad familiar en caso de tributación conjunta, hayan estado incluidos en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo en el año 2020.
  2. Que no exceda de 30.000€ el importe que se encuentre pendiente de pago tanto en periodo voluntario, como ejecutivo. Por lo que a efectos de determinar este importe las deudas que se puedan tener de ejercicios anteriores, se acumularán.
  3. La declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se ha de presentar dentro del plazo voluntario de autoliquidación e ingreso: este plazo finaliza el día 30 de junio.


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