¿Cómo pago mis impuestos?

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Todos los que somos autónomos o tenemos una Pyme probablemente hayamos pasados en algún momento por la tesitura de tener que hacer frente al pago de los impuestos, y quien más o quien menos siempre nos hemos preguntado ¿Cómo pago mis impuestos? ¿Cómo hago frente a los mismos?. Por regla general los impuestos a los que tengamos que hacer frente tienen una periodicidad trimestral: IVA, pagos fraccionados del IRPF, retenciones a trabajadores, retención alquileres, etc. En esta entrada vamos a desgranar como una vez realizada la autoliquidación y que el resultado salga a ingresar, como podemos ingresar esa cantidad a la Hacienda Pública mediante las diferentes formas de pago que nos facilitan.

Domiciliación y pago con NRC

La mayoría de los impuestos a los cuales los autónomos y las pequeñas y medianas empresas vamos a tener que hacer frente a lo largo del año los vamos a poder domiciliar. Para poder domiciliar el pago de un impuesto lo tendremos que presentar al menos 5 días antes de la fecha tope para su presentación, es decir, por ejemplo en el pago del IVA correspondiente al primer trimestre del año, tenemos de plazo para presentar la autoliquidación de IVA hasta el 20 de abril, pero si queremos domiciliar el importe que haya salido a ingresar entonces debemos de presentar la autoliquidación antes del día 15, facilitando nuestro número de IBAN de la cuenta bancaria donde queramos nos carguen los impuestos domiciliados.

Si por contra, no quieres domiciliar el pago de tus impuestos o simplemente se nos ha pasado la fecha para poder domiciliarlos, podremos utilizar otra forma de pago habitual facilitada por la Agencia Tributaria, que consiste en realizar el ingreso de la autoliquidación a través de tu entidad financiera, ya sea de manera física o a través de la banca online, facilitándonos un NRC para cada impuesto que paguemos. Ese NRC lo debemos de informar en la autoliquidación en el momento de la presentación de la misma.

Aplazamientos y fraccionamientos

Como ya hemos comentado en artículos anteriores, la Agencia Tributaria nos ofrece la posibilidad de fraccionar y aplazar el pago de nuestros impuestos cuando la cantidad resultante sea a ingresar. 

Para ver como podemos pedir un aplazamiento o fraccionamiento de un impuesto recomendamos la lectura de esta entrada donde se detalla paso a paso el proceso para solicitarlo y los requisitos necesarios: Cómo aplazar el pago del IVA o del IRPF

Además recordemos que cuando nos conceden un aplazamiento o fraccionamiento en el pago de un impuesto, este no es gratis, tendremos que pagar unos intereses que para este año 2016 se sitúan en el 3,75%.

 

Estamos a tu disposición para cualquier duda que te tengas respecto al pago de impuestos, fraccionamientos y aplazamientos:

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Oviedo – Asturias