PREGUNTAS FRECUENTES 7 – RENTA 2018

28. COMO AUTÓNOMO, PROFESIONAL O EMPRESARIO, ¿PUEDO DEDUCIR LOS GASTOS DE SUMINISTROS, COMIDAS Y ALOJAMIENTOS QUE REALICE?

, aunque hay una serie de puntualizaciones:

  • Los suministros, como telefonía, gas, luz o agua; los podré deducir si mi actividad profesional la ejerzo en la vivienda habitual. Su límite será el 30% de dichos gastos. Además debo repartir de manera proporcional los mismo sobre los metros cuadrados de la vivienda donde desempeñe la actividad.
  • Los gastos de alojamiento y comida propios del desarrollo de la actividad deberán ser abonados mediante medios electrónicos de pago. El límite máximo a deducir será de 53,34€ pernoctando fuera. En el caso de no hacerlo, el límite pasa a ser de 26,67€.

29. ¿EXISTE UN LÍMITE MÁXIMO DE APORTACIÓN ANUAL A UN PLAN DE PENSIONES CON DERECHO A DEDUCCIÓN?

. Su importe es de 8.000€.

30. ¿QUÉ IMPORTE PUEDO DEDUCIR DE LA BASE IMPONIBLE SI HE HECHO UNA APORTACIÓN A MI PLAN DE PENSIONES?

La cantidad resultante será la menor de las siguientes:

  • Mi aportación anual al plan.
  • El 30% de mis rendimientos netos por trabajo y actividades económicas.

31. ¿SON RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS LOS OBTENIDOS POR EL ARRENDAMIENTO DE UN LOCAL?

, siempre y cuando el arrendador cuente con al menos, un empleado a jornada completa.

De no ser así, dichos rendimientos tendrán la consideración de rendimientos de capital inmobiliario.

32. PARA UN EMPRESARIO, ¿LAS PLUSVALÍAS GENERADAS POR LA VENTA DE ELEMENTOS PATRIMONIALES INCREMENTA LOS RENDIMIENTOS ÍNTEGROS DE SU ACTIVIDAD ECONÓMICA?

No, estas plusvalías tributan como ganancias o pérdidas patrimoniales, las cuales ya se incluyen en su base imponible del ahorro.

33. UN AUTÓNOMO EN ESTIMACIÓN DIRECTA, ¿PUEDE DEDUCIR LAS NÓMINAS DE LOS FAMILIARES QUE TRABAJEN EN SU NEGOCIO PARA DETERMINAR EL CÁLCULO DEL RENDIMIENTO DE SU ACTIVIDAD ECONÓMICA?

, pero los familiares deben de cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar afiliados a la Seguridad Social con su correspondiente contrato laboral.
  • Convivir con el Autónomo contribuyente.
  • Trabajar de forma habitual y continuada en el negocio.
  • El importe de las nóminas no podrá ser superior al estipulado por el sector. De ser así, dicho exceso no podrá deducirse.

34. ¿CÓMO TRIBUTAN LAS PLUSVALÍAS/MINUSVALÍAS GENERADAS EN LA COMPRAVENTA DE ACCIONES?

Tanto las generadas a corto plazo (máximo un año), como las generadas a largo plazo (más de un año), deberán declararse como ganancias o pérdidas patrimoniales. Incluyéndose así dentro de la base imponible del ahorro y tributando de manera acorde a su tarifa.

Con esta entrada ponemos punto y final a este apartado en el que hemos incluído las dudas más frecuentes de la Declaración de la Renta. Agradecemos la confianza depositada en nuestros profesionales y le invitamos a contactar con nosotros si requiere de nuestros servicios.

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