Datos Renta 2019: Matrimonios

Cuando llega el momento de presentar la declaración de la Renta deben analizarse las circunstancias personales de cada contribuyente. En el caso de los matrimonios, podrán realizar la declaración de manera conjunta o separada, para ello lo mejor es analizar cada caso.

Declaración conjunta o separada.

Siempre se debe estudiar el caso que salga más favorable. Pero antes de analizarlo recordamos que para poder presentar la declaración de manera conjunto los contribuyentes deben estar casados. No sirve, por ejemplo, la figura de pareja de hecho, ni convivir en el mismo domicilio.

Lo que debemos analizar para ver qué formato favorece más son los ingresos de cada cónyuge, el número de hijos y las deducciones aplicables. Como en el resto de declaraciones de la renta también se deberán incluir las pérdidas o ganancias patrimoniales.

Lo que más afecta al resultado de la declaración en los matrimonios es el importe de los ingresos de cada contribuyente. En función de los mismos será más favorable una opción o la otra. Cada contribuyente cuenta con un mínimo personal de 5.550 euros, si la presenta de manera conjunta se le han de sumar otros 3.400 euros. Por lo tanto tendremos:

  • Presentación conjunta: 8.950 euros.
  • Dos declaraciones individuales: 11.100 euros.

Aún así no siempre es más favorable presentar dos declaraciones individuales. Recordando, una vez más, la importancia del análisis de cada caso.

Divorcios:

Por rebla general la Agencia Tributaria no suele tener actualizada la situación familiar de los contribuyentes. Si se ha puesto fin al matrimonio en el ejercicio que corresponde liquidar, deberá actualizarse la información en el borrador de la declaración de la renta.

Asimismo para parejas divorciadas podrán incluir las aportaciones que hagan en materia de pensión de alimentos a hijos o compensatorias a su ex pareja.

Fallecimiento de un cónyuge:

Por el fallecimiento de un cónyuge la declaración no pasa a ser obligatoria, lo será con la misma normativa que el resto de declaraciones. Lo que sí se modifica es la posibilidad de presentarla de manera conjunta, en este caso ambas declaraciones pasan a presentarse de manera individual.

Desde Alperi Asesores le invitamos a solicitar cita previa con nuestros profesionales para así estudiar su situación particular presentando una declaración lo más ventajosa posible.

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