Certificado para desplazamiento personal por motivos laborales

ACTUALIZACIÓN 24 DE OCTUBRE 2020:

Nuevo Certificado para el confinamiento perimetral de Oviedo Gijón y Avilés.

En el artículo 7 del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, en el cual se ha declarado el Estado de Alarma, a partir de las 00.00 horas del mismo las personas no podrán desplazarse ni circular por las vías públicas salvo para acudir a su centro de trabajo y prestar su labor.

En el Principado de Asturias, las Cámaras de Comercio de Asturias junto con la FADE, han puesto a disposición de las empresas un «Certificado acreditativo individual de necesidad de desplazamiento personal por motivos laborales».

Este certificado tiene que ser cumplimentado por la empresa indicando los datos personales del trabajador, centro de trabajo y jornada laboral habitual así como la matricula del vehículo con el que se desplaza al puesto de trabajo.

Puedes acceder en el siguiente enlace al certificado facilitado por FADE y la Cámara de Comercio:

Actualización 30 de marzo de 2020

Tras la aprobación del Real Decreto Ley 10/2020 el pasado 30 de marzo, el Gobierno de España aprobó el permiso retribuido recuperable para los trabajadores asalariadas que no presten servicios esenciales.

Así mismo el Gobierno ha facilitado un modelo de declaración responsable, para que los trabajadores asalariados no afectados por el permiso retribuido recuperable puedan desplazarse a su centro de trabajo.

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