Deducciones Autonómicas Asturias 3: Educación

Nuevamente analizamos las deducciones autonómicas que se pueden aplicar en Asturias. En este caso hablamos del caso particular de la deducción en educación.

Deducción en Educación: Gastos en libros de texto y material escolar.

Los contribuyentes que residen en Asturias pueden deducir las cantidades empleadas en la compra de material escolar y libros de texto para sus descendientes. Los escolares deberán estar cursando la Educación Obligatoria: Primaria o Secundaria.

En función del resultado de la suma de la Base imponible general y de ahorro serán sus deducciones. En el caso de declaraciones conjuntas tendremos:

  • Resultado de la suma hasta 12.000€: 100€ por descendiente.
  • Resultado de la suma entre 12.000,01€ y 20.000€: 75€ por descendiente.
  • Resultado de la suma entre 20.000,01€ y 25.000€: 50€ por descendiente.

Si la renta se presenta de manera individual los tramos serán:

  • Resultado de la suma hasta 6.500€: 50€ por descendiente.
  • Resultado de la suma entre 6.500,01€ y 10.000€: 37,50€ por descendiente.
  • Resultado de la suma entre 10.000,01€ y 12.500€: 25€ por descendiente.

Existe otra variante si el contribuyente pertenece a una unidad familiar que ostente el título de familia numerosa: serán 150€ en la declaración conjunta y 75 en la opción individual.

Si más de un contribuyente tiene derecho a aplicar esta deducción fiscal, se prorrateará a partes iguales.

Esta deducción deberá minorarse en la cantidad correspondiente si el descendiente ha recibido una beca o ayuda que cubra en su totalidad o parcialmente los gastos derivados de los libros de texto y material escolar.

Deducción en Educación: Gastos en escuelas de 0 a 3 años.

Asimismo los contribuyentes que tengan su vivienda habitual en Asturias también pondrán deducir parte de sus gastos destinados a Escuelas de 0 a 3 años.

El importe que podrán deducir los contribuyentes será el 15% de estos gastos. Con un límite de 330€ anuales por descendiente. A esta deducción se le debe aplicar las siguientes limitaciones:

Los contribuyentes podrán deducir el 15% de los gastos generados por sus descendientes en dichas escuelas con un límite de 330€ anuales por descencidente. Existen las siguientes restricciones:

  • Para aplicar la deducción el contribuyente debe convivir con el menor. En caso de que haya más de uno con derecho a aplicar la deducción, ésta se prorrateará a partes iguales.
  • Los límites de la base imponible serán: 25.009€ en tributación individual y cuando sea conjunta 35.240€.

Nuestro equipo le recuerda que con un asesoramiento profesional podrá ver incluidas estas deducciones u otras que pueda aplicar. Es por ello por lo que le invitamos a contactar con nuestros profesionales para que le realicen su declaración de la renta.

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